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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FERNANDEZ BLANCO, CIRO MAXIMO Y OTRO s/ROBO DAMNIFICADO: GOMEZ, ALFREDO NICOLAS Y OTROS

El actor fue condenado por robo de vehículo y hurto. La Cámara de Casación modificó la calificación del robo a hurto simple, reduciendo la pena.

Bicicleta Hurto Robo de vehiculo Principio de legalidad Reincidencia Pena proporcional

Condena por robo de vehículo y hurto

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación modificó la calificación del hecho 2 de robo a hurto simple, y en consecuencia le impuso a Fernández Blanco la pena de 2 años y 4 meses de prisión por hurto simple en concurso real con robo simple. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La bicicleta no puede ser considerada "vehículo" a los fines de la agravante del art. 167 inc. 4 del CP, atendiendo al contexto y antecedentes legislativos de la ley que introdujo esa agravante. Por lo tanto, el hecho 2 debe calificarse como hurto simple.
- Se tuvo en cuenta como atenuantes la juventud del imputado, sus estudios y esfuerzos por superar adicciones, y su situación familiar actual.
- Se rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la reincidencia, por seguir el criterio de la Corte Suprema en el precedente "Arévalo".

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