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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CANTARELL TORRES, JUAN CARLOS Y OTROS s/ESTAFA y DEFRAUDACION (ART.173 INC.15) DAMNIFICADO: TTS VIAJES S.A.

La querellante apeló la sentencia que condenó a los acusados por delitos patrimoniales, pero no incluyó una reparación económica a las víctimas. La Cámara declaró inadmisible el recurso de casación por falta de fundamentación adecuada.

Recurso de casacion Reparacion del dano Acuerdo de juicio abreviado Delitos patrimoniales

Que se imponga una reparación económica a las víctimas en forma accesoria a la condena penal

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la querellante. Los principales fundamentos de la decisión son:
- La querellante no demostró el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación previstos en el art. 460 del CPPN.
- La querellante no estaba constituida como actora civil, por lo que no tenía habilitada una vía recursiva en los términos del art. 462 del CPPN.
- La querellante no identifica disposiciones legales federales que habrían sido violadas, limitándose a citar reglas de "soft law" sin explicar su carácter vinculante.
- La querellante no logra explicar por qué en el caso debía ordenarse imperativamente la reparación del daño, más allá de su disconformidad con la decisión.
- La resolución recurrida no rechazó la pretensión reparatoria por razones de fondo, sino por cuestiones procesales, y señaló que la víctima podía reclamarla en la vía civil.

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