Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CANTARELL TORRES, JUAN CARLOS Y OTROS s/ESTAFA y DEFRAUDACION (ART.173 INC.15) DAMNIFICADO: TTS VIAJES S.A.
La querellante apeló la sentencia que condenó a los acusados por delitos patrimoniales, pero no incluyó una reparación económica a las víctimas. La Cámara declaró inadmisible el recurso de casación por falta de fundamentación adecuada.
Que se imponga una reparación económica a las víctimas en forma accesoria a la condena penal
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la querellante.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- La querellante no demostró el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación previstos en el art. 460 del CPPN.
- La querellante no estaba constituida como actora civil, por lo que no tenía habilitada una vía recursiva en los términos del art. 462 del CPPN.
- La querellante no identifica disposiciones legales federales que habrían sido violadas, limitándose a citar reglas de "soft law" sin explicar su carácter vinculante.
- La querellante no logra explicar por qué en el caso debía ordenarse imperativamente la reparación del daño, más allá de su disconformidad con la decisión.
- La resolución recurrida no rechazó la pretensión reparatoria por razones de fondo, sino por cuestiones procesales, y señaló que la víctima podía reclamarla en la vía civil.
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