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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BARRIOS, CARLOS Y OTROS s/HURTO y DEFRAUDACION QUERELLANTE: PARDO, MARIO ALFREDO

Querellante impugna suspensión de juicio a prueba concedida a los acusados por delitos patrimoniales. La Cámara declara inadmisible el recurso por falta de legitimación del querellante.

Legitimacion Recurso de casacion Suspension de juicio a prueba Querella Delitos patrimoniales Caracter adhesivo de la querella


¿Quién es el actor?

Querellante Mario Alfredo Pardo
- Demandados: Carlos Barrios, Cristián Darío Barrios y Diego Hernán Barrios

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnar la concesión de la suspensión de juicio a prueba a los acusados por delitos de hurto, defraudación por administración fraudulenta y defraudación por manipulación informática.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el querellante. Considera que en delitos de acción pública, el titular de la acción penal es el Ministerio Público Fiscal, y al haber prestado éste conformidad a la suspensión de juicio a prueba, el querellante carece de legitimidad para recurrir.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Cita el precedente "Salem" de la Sala III, que establece que en delitos de acción pública, la querella tiene carácter adhesivo y no puede mantener la acción penal sin el Ministerio Público Fiscal.
- Señala que los agravios del querellante no superan la mera discrepancia con cuestiones de hecho y prueba, sin evidenciar arbitrariedad o cuestión federal.

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