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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GALLARDO , FEDERICO EMANUEL s/ENCUBRIMIENTO (ART.277 INC.3) y TENEN.ARMA GUERRA(ART.189 BIS-4°PAR)*MOD.LEY 25886

El actor fue condenado por portación de arma de guerra y encubrimiento. La Cámara Nacional de Casación modificó la calificación y ordenó al tribunal de origen que examine la subsistencia de la acción penal por encubrimiento y fije una nueva sanción.

Prescripcion Atenuantes Encubrimiento Principio de culpabilidad Determinacion de la pena Agravantes Portacion de arma de guerra


- Actor: Federico Emanuel Gallardo
- Demandado: No corresponde
- Se le imputó a Gallardo la portación de un arma de guerra y el encubrimiento de dicha arma.
- La Cámara Nacional de Casación casó la sentencia en lo que respecta al delito de encubrimiento, ordenando al tribunal de origen que examine la subsistencia de la acción penal por este delito y fije una nueva sanción, dejando firme la condena por portación de arma de guerra.
- El tribunal consideró probado que Gallardo llevaba oculta en su cintura un arma de guerra cargada y en condiciones de uso, y que luego se dio a la fuga en un vehículo evadiendo a la policía. Respecto al encubrimiento, la Cámara entendió que correspondía aplicar la escala penal del delito previo (hurto) por ser menor a la del encubrimiento, por lo que ordenó al tribunal de origen que examine si la acción penal por este delito se encuentra prescripta.
- Sobre la pena, la Cámara consideró que el tribunal de grado no debió valorar como agravantes los antecedentes penales y la experiencia carcelaria de Gallardo, por afectar el principio de culpabilidad, pero sí debió considerar las circunstancias atenuantes de su persona no valoradas.

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