Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ENCINAS , NICOLAS s/HOMICIDIO AGRAVADO FUERZAS SEGURIDAD ART.80 INC.9 DAMNIFICADO: DUARTE, ANGEL ESTEBAN Y OTRO
Conflicto de competencia entre salas de la Cámara Nacional de Casación Penal respecto de caso penal. La Sala III declina competencia y remite a la Sala de Turno para que dirima el conflicto.
¿Quién es el actor?
No aplica
¿A quién se demanda?
No aplica
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Conflicto de competencia entre salas de la Cámara Nacional de Casación Penal respecto de caso penal.
¿Qué se resolvió?
La Sala de Turno resuelve que la causa debe continuar tramitando ante la Sala III. Los jueces analizan la aplicación de la Regla Práctica 16.2.b de la Cámara, que establece que cuando una sala ha anulado una sentencia y ordenado un nuevo juicio, el caso debe volver a esa misma sala. La Sala I consideró que no era aplicable dado que el nuevo juicio sería completamente nuevo, mientras que la Sala III sostuvo que la regla debe interpretarse en el sentido de que el caso debe volver a la misma sala que dictó la resolución de anulación. Finalmente, la Sala de Turno resuelve que la causa debe continuar en la Sala III, por haber sido asignada a ella originalmente por sorteo, dejando sin efecto la asignación a la Sala I.
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