Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MANINO, GIULIANO Y OTROS s/HURTO y ROBO EN POBLADO Y EN BANDA DAMNIFICADO: CONDORI MAMANI, JUAN GABRIEL Y OTRO
El fiscal recurrió la condena del imputado a pena inferior a la acordada, pero la Cámara Nacional de Casación declaró inadmisible el recurso por superar el límite temporal de la pena requerida.
Recurso de casación contra la condena del imputado a 3 meses de prisión por tentativa de robo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Casación declaró inadmisible el recurso del fiscal, ya que la pena impuesta, acordada entre las partes, era inferior a 3 años de prisión, límite establecido por el Código Procesal Penal para que el fiscal pueda recurrir.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 431 bis CPPN, que regula el procedimiento abreviado, es inconstitucional porque quebranta lo dispuesto en los arts. 1, 18 y 118 de la CN.
- Interpretan sistemáticamente el art. 458 CPPN: cuando el fiscal solicita una pena menor a 3 años, no puede recurrir la sentencia condenatoria, solo cuando pide más de 3 años.
- No se demostró la existencia de una cuestión federal que habilite excepcionalmente el recurso.
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