Legajo Nº 2 - QUERELLANTE: COLEGIO ESTEBAN ECHEVERRIA S.A.E. s/LEGAJO DE CASACION
La parte querellante promovió recurso de casación contra el sobreseimiento dictado por la Cámara de Apelaciones, que consideró que no se acreditó el dolo requerido para configurar el delito de defraudación por retención indebida.
¿Quién es el actor?
Parte querellante
¿A quién se demanda?
Paula Luján Castro
- Objeto de la demanda: Se le atribuye a Castro haber retenido indebidamente una computadora, monitor, teclado y mouse propiedad del Colegio Esteban Echeverría S.A.E.
- Decisión del tribunal: La Cámara de Casación declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte querellante, considerando que no se acreditó la existencia del dolo requerido por el tipo penal, y que el recurrente sólo expresa su disconformidad con lo resuelto sin demostrar la errónea interpretación de la ley sustantiva ni la arbitrariedad invocada.
La Cámara de Apelaciones había revocado el procesamiento y dispuesto el sobreseimiento de Castro, señalando que si bien se acreditó la recepción y falta de devolución de los elementos, no se pudo afirmar que Castro hubiera obrado con el dolo necesario, en la medida en que brindó una explicación plausible y no había elementos que permitieran descreer de sus dichos.
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