Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RIVAROLA, EZEQUIEL MARIANO Y OTRO s/INCENDIO U ESTRAGO CULPOSO (ART.189) DAMNIFICADO: MORADORES DEL EDIFICIO DE B. MITRE 1232 Y OTROS
El Tribunal de Casación confirmó la condena de Ezequiel Mariano Rivarola por estrago culposo agravado derivado del derrumbe de un edificio que causó graves daños y puso en peligro a varias personas.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Ezequiel Mariano Rivarola
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Condena por estrago culposo agravado debido a que Rivarola, en su calidad de director de obra, no controló adecuadamente las tareas de excavación y submuración, lo que provocó el derrumbe de un edificio lindero.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal de Casación confirmó la condena de Rivarola a 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación por 6 años para ejercer la profesión de arquitecto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se acreditó que Rivarola, como director de obra, violó deberes de cuidado al no controlar que las excavaciones respetaran los anchos máximos establecidos en el Código de Edificación.
- Rivarola omitió ponderar adecuadamente las precarias condiciones de sustentabilidad del edificio lindero, lo que debía haber llevado a extremar las medidas de seguridad en la etapa de excavación.
- La deficiente delegación de funciones por parte de Rivarola y la falta de supervisión efectiva de la obra en la etapa crítica de excavación y submuración fueron determinantes para el resultado.
- Las infracciones al deber de cuidado de Rivarola se concretaron en el derrumbe del edificio y los graves daños ocasionados.
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