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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: HIDALGO ESPINOZA, MIGUEL ANGEL s/ROBO EN POBLADO Y EN BANDA DAMNIFICADO: VITOR, ANDRES MIGUEL

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró la inconstitucionalidad del procedimiento de juicio abreviado y anuló la condena impuesta al imputado.

Inconstitucionalidad Garantias constitucionales Juicio abreviado Juicio oral y publico Juicio por jurados


¿Quién es el actor?

Defensa del imputado Miguel Ángel Hidalgo Espinoza

¿A quién se demanda?

Miguel Ángel Hidalgo Espinoza

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra la sentencia que lo condenó por tentativa de robo agravado en el marco de un juicio abreviado

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 431 bis del Código Procesal Penal que regula el juicio abreviado, por considerar que viola los artículos 18 y 118 de la Constitución Nacional que exigen un juicio oral, público, contradictorio y continuo como requisito para imponer una condena. En consecuencia, anuló el acuerdo de juicio abreviado y la sentencia condenatoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El juicio abreviado es incompatible con el sistema acusatorio oral y público establecido en la Constitución Nacional, pues permite la condena sin la realización de un juicio previo con las garantías constitucionales. El tribunal consideró que el artículo 118 de la Constitución impone el juicio por jurados como requisito institucional e irrenunciable para la aplicación de una pena.

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