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Asignación Tribunal Oral TO01 - MADERO JOSE Y OTROS s/DEFRAUDACION A UN MENOR O INCAPAZ DENUNCIANTE: REYNAL EDUARDO Y OTROS

Scartuchio recurrió la condena por defraudación de un incapaz. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal redujo la pena a 3 años en suspenso considerando la avanzada edad del imputado y que no se acreditó su falta de arrepentimiento.

Defraudacion Plazo razonable Principio de culpabilidad Prevencion especial Suspension de condena Incapaz Personalidad del autor

Condena por defraudación de un incapaz

¿Qué se resolvió?

La Cámara redujo la pena de 3 años y 6 meses a 3 años en suspenso. Consideró la avanzada edad de Scartuchio (72 años al momento del fallo) y que no podía valorarse en su contra la falta de arrepentimiento por ser parte de su defensa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de primera instancia ponderó como agravantes "la impunidad con la que se manejó al realizar la maniobra" y "la falta de arrepentimiento alguno en los años que duró este proceso". Los jueces de casación entendieron que si bien la primera consideración era acertada, la falta de arrepentimiento no podía valorarse en perjuicio del imputado que siempre sostuvo su inocencia.

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