Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: ARAMAYO, MARIO RICARDO s/ROBO DAMNIFICADO: MUÑOZ, OSVALDO EXEQUIEL
La Cámara Nacional de Casación Penal casó parcialmente la sentencia que unificó la pena del imputado por un nuevo delito con una condena anterior en suspenso, por considerar que el tribunal no podía imponer esa unificación de oficio.
- Actor: Ministerio Público Fiscal
- Demandado: Mario Ricardo Aramayo
- Objeto: Condena por robo agravado y encubrimiento agravado
- Decisión: La Cámara de Casación hizo lugar parcialmente al recurso de Aramayo, casó la parte de la sentencia que unificó la pena y dejó sin efecto ese punto.
- Fundamentos:
(1) El tribunal de juicio no podía imponer la unificación de penas de oficio, sin que la fiscalía o la defensa lo hubieran planteado en el acuerdo de procedimiento abreviado. Esto alteraba los términos del acuerdo.
(2) Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la unificación procede incluso si una de las penas está agotada, pero debe ser requerida por las partes interesadas, lo que no ocurrió en este caso.
(3) Para tener por acreditada la existencia de "un delito" para la aplicación del art. 27 CP, se requiere que se dicte una sentencia condenatoria dentro del plazo de 4 años, lo que no ocurrió.
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