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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RIOS, EMANUEL NICOLAS s/ROBO CON ARMAS DAMNIFICADO: PEREZ, GUSTAVO GABRIEL

El actor impugnó la declaración de reincidencia contra el acusado. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal declaró la inconstitucionalidad del juicio abreviado y ordenó la realización de un juicio oral.

Debido proceso Inconstitucionalidad Control de constitucionalidad Separacion de poderes Juicio abreviado Juicio oral


- Actor: Defensa del imputado Emanuel Nicolás Ríos
- Demandado: Poder Judicial
- Objeto: Impugnación de la declaración de reincidencia
- Decisión: La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal declaró la inconstitucionalidad del procedimiento de juicio abreviado previsto en el art. 431 bis del CPPN por contravenir los arts. 1, 18 y 118 de la Constitución Nacional. En consecuencia, anuló el acuerdo de juicio abreviado y la sentencia condenatoria, y ordenó la remisión del expediente a sorteo para la realización de un juicio oral, público, contradictorio y continuo. Los principales fundamentos fueron:
- El juicio previo oral, público, contradictorio y continuo es una exigencia constitucional ineludible para la aplicación de una pena, no un mero "derecho" renunciable.
- El procedimiento de juicio abreviado carece de las garantías constitucionales del debido proceso, invadiendo la separación de poderes al concentrar la acusación y decisión en el fiscal.
- La declaración de inconstitucionalidad de oficio es una atribución propia de los jueces, que no se encuentra condicionada al requerimiento de las partes.

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