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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RIOS, EMANUEL NICOLAS s/ROBO CON ARMAS DAMNIFICADO: PEREZ, GUSTAVO GABRIEL

El actor impugnó la declaración de reincidencia contra el acusado. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal declaró la inconstitucionalidad del juicio abreviado y ordenó la realización de un juicio oral.

Debido proceso Inconstitucionalidad Control de constitucionalidad Separacion de poderes Juicio abreviado Juicio oral


¿Quién es el actor?

Defensa del imputado Emanuel Nicolás Ríos

¿A quién se demanda?

Poder Judicial

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la declaración de reincidencia

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal declaró la inconstitucionalidad del procedimiento de juicio abreviado previsto en el art. 431 bis del CPPN por contravenir los arts. 1, 18 y 118 de la Constitución Nacional. En consecuencia, anuló el acuerdo de juicio abreviado y la sentencia condenatoria, y ordenó la remisión del expediente a sorteo para la realización de un juicio oral, público, contradictorio y continuo. Los principales fundamentos fueron:
- El juicio previo oral, público, contradictorio y continuo es una exigencia constitucional ineludible para la aplicación de una pena, no un mero "derecho" renunciable.
- El procedimiento de juicio abreviado carece de las garantías constitucionales del debido proceso, invadiendo la separación de poderes al concentrar la acusación y decisión en el fiscal.
- La declaración de inconstitucionalidad de oficio es una atribución propia de los jueces, que no se encuentra condicionada al requerimiento de las partes.

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