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Legajo de Ejecución Nº EP01 - IMPUTADO: CANTIZANO, ANIBAL RODRIGO s/SUSPENSIÓN JUICIO A PRUEBA

Conflicto jurisdiccional entre un Juzgado de Ejecución Penal y un Tribunal Oral sobre el control del cumplimiento de reglas de la suspensión del juicio a prueba. La Cámara resuelve que corresponde al Tribunal Oral continuar conociendo la causa.

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¿Quién es el actor?

Juzgado Nacional de Ejecución Penal n° 2

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 27

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinar qué órgano judicial debe controlar el cumplimiento de las reglas impuestas en la suspensión del juicio a prueba concedida a Aníbal Rodrigo Cantizano.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara que corresponde al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 27 continuar conociendo la causa, ya que no es posible retrotraer el proceso por la disconformidad del Tribunal Oral respecto del trámite dado por el Juzgado de Ejecución Penal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Juzgado de Ejecución Penal entendió que su función se limitaba a controlar el cumplimiento de las reglas y, una vez vencido el plazo, debía remitir las actuaciones al tribunal de origen.
- El Tribunal Oral rechazó la devolución, considerando que el Juzgado de Ejecución Penal debía dar audiencia al imputado y pronunciarse sobre la revocatoria o no del beneficio.
- La Cámara señala que la resolución del Juzgado de Ejecución Penal declarando extinguido el plazo y tener por no cumplidas las reglas quedó firme al no ser recurrida, por lo que no es posible retrotraer el proceso.

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