Asignación Tribunal Oral TO01 - PINTO ARGOTE EDMUNDO EDWIN s/COACCION y LESIONES AGRAVADAS
El actor promovió demanda por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de una menor. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional casó parcialmente la sentencia y descartó la agravante de la introducción de un dedo en el ano de la víctima.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- El actor es Edmundo Pinto Argote, quien fue condenado por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de la menor I.B.L.
- Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- Se descartó la agravante de la introducción de un dedo en el ano de la víctima por falta de pruebas suficientes, manteniendo la condena por abuso sexual simple.
- Se rechazó el planteo sobre afectación del plazo razonable, dado que las demoras se debieron a cuestiones organizativas y la pandemia, sin que ello implicara una violación del derecho del imputado.
- Se rechazó el planteo sobre nulidad del juicio oral realizado por videoconferencia, por estar debidamente justificado.
- La declaración persistente y coherente de la víctima, corroborada por otros elementos de prueba, resultó suficiente para tener por acreditado el abuso sexual.
- La pena impuesta, si bien se apartó del mínimo legal, se encontró debidamente fundada en las circunstancias agravantes del hecho.
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