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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: YUN JUAN , CARLOS MARIA Y OTROS s/HOMICIDIO CULPOSO (ART 84 2º PARRAFO) y COHECHO QUERELLANTE: LIZARRAGA , JUAN ALBERTO Y OTRO

Los socios de una sociedad reclamaron contra su condena por homicidio culposo agravado y lesiones culposas derivadas del colapso de un entrepiso construido sin permiso municipal, pero la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia.

Deber de cuidado Imputacion objetiva Lesiones culposas Homicidio culposo agravado Responsabilidad penal de socios Construccion sin permiso

Los socios recurrieron la condena por homicidio culposo agravado y lesiones culposas derivadas del colapso de un entrepiso que habían construido sin permiso municipal en el local Beara.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la sentencia que condenó a los socios por no haber tramitado el permiso de obra correspondiente, lo cual impidió que las autoridades detectaran las fallas constructivas que llevaron al derrumbe y causaron dos muertes y múltiples lesiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los socios tenían el deber de tramitar el permiso de obra para la construcción del entrepiso, y su omisión en hacerlo fue una causa decisiva del resultado.
- Si bien los socios delegaron la construcción en profesionales recomendados por otro socio, ello no los exime de responsabilidad, ya que manejaban de manera mancomunada los asuntos de la sociedad.
- La condena y la pena impuesta a los socios fueron razonables y proporcionales a su grado de participación y a la gravedad de los resultados.

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