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Legajo Nº 10 - IMPUTADO: DUARTE, CARLOS ENRIQUE 11291 V2C Y OTROS s/LEGAJO DE CASACION

El Ministerio Público Fiscal impugnó la homologación de un acuerdo conciliatorio en un caso de robo calificado. La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó la decisión, considerando que la opinión fiscal no es vinculante para la procedencia de la conciliación.

Conciliacion Extincion de la accion penal Derecho penal juvenil Robo calificado Intervencion de menores


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal
- Demandados: Carlos Enrique Duarte, Jonathan Alejandro Pérez, Cristian Martín Rodrigo Solís, Giovanni Baltazar Anchava y Leandro Rodrigo Ezequiel Glizt

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Robo calificado por comisión en lugar poblado y en banda, agravado por intervención de menores

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo conciliatorio entre los imputados y las víctimas, declarándose la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de los acusados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que el caso se encuadra en los supuestos del art. 34 del CPPF, al tratarse de un delito patrimonial sin grave violencia. Sostuvo que la opinión fiscal no es vinculante para la procedencia de la conciliación y que los antecedentes penales de los imputados no impiden su aplicación. Respecto del menor Glizt, aplicó los principios del derecho penal juvenil.

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