Legajo Nº 4 - IMPUTADO: CAMPOS, MILAGRO SOLEDAD PRISCILA s/LEGAJO DE CASACION
El Ministerio Público Fiscal recurrió la suspensión de juicio a prueba otorgada a la acusada. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revocó dicha suspensión y ordenó el retorno de las actuaciones al tribunal de origen.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Ministerio Público Fiscal recurrió la suspensión de juicio a prueba otorgada a la acusada Milagros Soledad Priscila Campos. El juez Jantus, de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, hizo lugar al recurso, casó la resolución recurrida y revocó la suspensión de juicio a prueba. El magistrado consideró que si bien el juez de primera instancia no explicó por qué era irrazonable la oposición fiscal a la suspensión de juicio a prueba, la fiscalía tenía argumentos jurídicos válidos para oponerse, como la imposibilidad de cumplir tareas comunitarias en el ámbito de detención y la existencia de otros procesos penales contra la acusada. Ello responde a razones de política criminal que hacen razonable la oposición del Ministerio Público Fiscal, sin que ello implique arbitrariedad. Por lo expuesto, se hizo lugar al recurso de casación, se casó la resolución recurrida y se revocó la suspensión de juicio a prueba otorgada, ordenándose el retorno de las actuaciones al tribunal de origen para que continúe con el trámite del proceso.
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