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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DIAZ, BRUNO EZEQUIEL s/HOMICIDIO SIMPLE DAMNIFICADO: SMITH, AXEL Y OTROS

El actor impugnó la sentencia condenatoria por homicidio simple. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional dejó sin efecto la declaración de reincidencia pero confirmó la condena.

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Condena por homicidio simple

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación dejó sin efecto la declaración de reincidencia aplicada a Díaz, pero confirmó la condena por homicidio simple a 9 años de prisión. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El testimonio del testigo Facundo Bassa fue central para atribuir responsabilidad a Díaz, ya que lo señaló como la persona que pasó por el lugar y tenía un tatuaje en el cuello, coincidente con el del imputado.
- Los dichos de otros testigos de oídas también fueron valorados, al haber oído de Bassa que Díaz era el autor.
- Se consideraron indicios como la fuga del acusado y rumores en el barrio sobre una posible motivación pasional del hecho.
- Se confirmó la pena de 9 años de prisión, considerando la juventud de la víctima y la futilidad del móvil como agravantes.
- Se dejó sin efecto la declaración de reincidencia al considerar que los antecedentes de Díaz (robos) no guardaban similitud con el homicidio juzgado.

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