Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DIAZ, BRUNO EZEQUIEL s/HOMICIDIO SIMPLE DAMNIFICADO: SMITH, AXEL Y OTROS
El actor impugnó la sentencia condenatoria por homicidio simple. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional dejó sin efecto la declaración de reincidencia pero confirmó la condena.
Condena por homicidio simple
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación dejó sin efecto la declaración de reincidencia aplicada a Díaz, pero confirmó la condena por homicidio simple a 9 años de prisión.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El testimonio del testigo Facundo Bassa fue central para atribuir responsabilidad a Díaz, ya que lo señaló como la persona que pasó por el lugar y tenía un tatuaje en el cuello, coincidente con el del imputado.
- Los dichos de otros testigos de oídas también fueron valorados, al haber oído de Bassa que Díaz era el autor.
- Se consideraron indicios como la fuga del acusado y rumores en el barrio sobre una posible motivación pasional del hecho.
- Se confirmó la pena de 9 años de prisión, considerando la juventud de la víctima y la futilidad del móvil como agravantes.
- Se dejó sin efecto la declaración de reincidencia al considerar que los antecedentes de Díaz (robos) no guardaban similitud con el homicidio juzgado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: