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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AGUIRRE , GASTON RAMIRO EZEQUIEL s/OTROS, LESIONES, OTROS y AMENZAS DAMNIFICADO: PRIETO MARIA GABRIELA Y OTROS

El Tribunal confirmó la condena a 10 años de prisión de Gastón Ramiro Ezequiel Aguirre por delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante cometidos contra su hijastra y su esposa.

Violencia de genero Menores de edad Abuso sexual Abuso sexual gravemente ultrajante Acceso carnal Delitos contra la integridad sexual Violencia intrafamiliar


¿Quién es el actor?

Fiscal y querellante

¿A quién se demanda?

Gastón Ramiro Ezequiel Aguirre
- Objeto de la demanda: Abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante
- Decisión del tribunal: Confirmó la condena a 10 años de prisión, con la rectificación de que el hecho 4 debe encuadrarse en el delito de abuso sexual con acceso carnal (art. 119 párrafo 3) y no en el abuso sexual gravemente ultrajante (art. 119 párrafo 2).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El relato de las víctimas y los testimonios de los hijos fueron creíbles y respaldados por peritajes psicológicos y psiquiátricos.
- La duración y las modalidades de los abusos sexuales justificaron la aplicación de la agravante de abuso sexual gravemente ultrajante (art. 119 párrafo 2).
- Los actos de fellatio in ore deben considerarse abuso sexual con acceso carnal (art. 119 párrafo 3) bajo la legislación vigente al momento de los hechos.
- La pena de 10 años de prisión impuesta es proporcionada y razonable.

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