Incidente Nº 2 - QUERELLANTE: VIO, PABLO Y OTROS IMPUTADO: VELASCO, LUIS RAFAEL s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
Fiscalía, querella y defensa interponen recursos extraordinarios federales contra la decisión de inadmisibilidad de los recursos de casación y la habilitación a las víctimas para acceder a la determinación de la verdad de los hechos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión del Juzgado n° 59 que declaró extinguida la acción penal por prescripción respecto de Luis Rafael Velasco y dispuso su sobreseimiento. Luego, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría, resolvió declarar inadmisibles los recursos de casación interpuestos por la querella y la fiscalía, y habilitó a quienes se presentan como víctimas en el caso a acceder a la determinación de la verdad de los hechos que denuncian. Tanto la fiscalía como la querella cuestionaron la declaración de inadmisibilidad, argumentando que en el caso se encuentra comprometida la aplicación de normas convencionales que constituyen actualmente normas de rango constitucional y establecen la obligación de brindar tutela judicial efectiva y priorizar el interés superior del niño. Por su parte, la defensa criticó la habilitación de las víctimas a la determinación de la verdad, alegando que los "juicios por la verdad" son excepcionales y aplicables solo a delitos de lesa humanidad, y que no correspondía utilizarlos en el presente caso al tratarse de delitos comunes prescriptos. La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional concedió los recursos extraordinarios federales interpuestos, a fin de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación considere otorgar tratamiento a las cuestiones planteadas.
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