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Principal en Tribunal Oral TO01 - QUERELLANTE: COSENTINO, ALFREDO Y OTROS s/QUERELLA

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la condena a Marta Dolores Berastegui por el delito de defraudación por administración fraudulenta, al considerar que su accionar perjudicó los intereses de la sociedad que administraba.

Defraudacion Patrimonio social Abuso de confianza Administracion fraudulenta Deber de lealtad Delito societario


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal
- Demandada: Marta Dolores Berastegui
- Se la acusó de haber perjudicado los intereses de la sociedad "Bien Car S.A." al vender un inmueble de la empresa sin conocimiento de los accionistas.
- El tribunal de grado consideró acreditado que Berastegui, en su calidad de presidente de la firma, suscribió un boleto de compraventa del inmueble ubicado en Vélez Sarsfield 219, Haedo, a espaldas de los accionistas Alfredo y Jorge Cosentino.
- La Cámara de Casación confirmó la calificación de defraudación por administración fraudulenta (art. 173 inc. 7° CP), al entender que Berastegui obró dolosamente con la finalidad de despojar a la sociedad de ese bien, vulnerando sus deberes como administradora.
- Si bien dispuso la anulación de la imposición de reglas de conducta, rechazó los restantes agravios de la defensa.

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