AGUERO DANIELA SOLEDAD c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora reclamó indemnización por un accidente in itinere. La Cámara modificó la sentencia para fijar los intereses a favor de la actora desde la fecha del fallecimiento.
Indemnización por accidente in itinere con fallecimiento del trabajador
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para fijar correctamente la fecha de inicio del cómputo de intereses, que correrán desde el 21/04/2013, fecha del fallecimiento. También aumentó los honorarios de la abogada de la actora al 17% del monto total.
Los principales fundamentos fueron:
- No debe confundirse el nacimiento del derecho con su declaración judicial o administrativa, según precedente de la CSJN.
- La fecha del fallecimiento por el accidente fue el 21/04/2013, por lo que los intereses deben correr desde esa fecha.
- Los honorarios de la abogada de la actora fueron insuficientes, correspondiendo elevarlos al 17% del monto total.
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