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ESCOBAR, MAXIMILIANO ESTEBAN c/ ASOCIART S.A. ART s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y acogió parcialmente la excepción de pago opuesta por la aseguradora.

Intereses Costas Honorarios Incapacidad Accidente de trabajo Pago previo

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?


- La Cámara hizo lugar a la excepción de pago opuesta por la aseguradora, reconociendo que había abonado $18.889,46 en la vía administrativa por la incapacidad del 1,15%.
- Estableció que los intereses correrán desde el 11/1/2015 hasta el 17/9/2015, fecha en que se efectuó el pago administrativo, imputando primero a intereses y luego a capital.
- Confirmó lo demás resuelto en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La judicante de grado omitió pronunciarse sobre la excepción de pago, por lo que correspondía analizarla.
- El pago administrativo de $18.889,46 por una incapacidad del 1,15% estaba acreditado y debía ser reconocido.
- Los intereses deben computarse desde la consolidación de la incapacidad, es decir, desde el alta médica del 11/12/2014, más el plazo de gracia de 30 días, es decir, desde el 11/1/2015.
- Luego del pago administrativo, el saldo adeudado continuará devengando intereses.

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