YBAÑEZ, ANIBAL MARCELO c/ CLEAR NESS S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que declaró improcedente el encuadramiento del despido en los términos del art. 247 de la LCT.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y rechazó el encuadramiento del despido en el art. 247 LCT (falta o disminución de trabajo no imputable al empleador).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la empleadora no acreditó haber adoptado medidas para paliar la situación que alegó como justificativa del despido (rescisión intempestiva del contrato con INDRA S.I.S.A.), ni haber respetado el orden de antigüedad al proceder a los despidos, requisitos exigidos por el art. 247 LCT para la aplicación de esa norma y la reducción de las indemnizaciones. Por lo tanto, el despido resultó improcedente y procedieron las indemnizaciones por despido incausado.
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