Logo

VERA, JUAN DOMINGO c/ MILKE S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido sin justa causa. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y condenó a la empleadora al pago de la multa prevista en el art. 132bis de la LCT por retención indebida de aportes y contribuciones previsionales.

Diferencias salariales Despido sin justa causa Multa art 132bis lct Retencion indebida aportes previsionales

Despido sin justa causa, diferencias salariales y multa por retención indebida de aportes previsionales

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el cálculo de la indemnización por despido sobre la mejor remuneración normal y habitual. Admitió la aplicación de la multa del art. 132bis de la LCT por la retención indebida de aportes previsionales y contribuciones a la obra social, elevando el monto total de condena a $2.327.776,93.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto del cálculo indemnizatorio, la remuneración fijada como base se ajusta a los lineamientos del art. 245 LCT.
- Ante la rebeldía de la demandada, deben tenerse por ciertos los hechos afirmados en la demanda sobre la retención indebida de aportes previsionales y obra social, al no haber acreditado lo contrario.
- Corresponde aplicar la multa del art. 132bis LCT por la retención indebida de aportes, desde el momento del despido hasta la sentencia de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar