VALDEZ, CLAUDIO LEONARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad, fijando el capital indemnizatorio.
Indemnización por accidente in itinere
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia. Redujo el porcentaje de incapacidad total al 23,52% (incapacidad física del 21% más factores de ponderación), y fijó el capital indemnizatorio en $284.025. El juez Pesino consideró que el daño psíquico no puede ser indemnizado en el marco de un accidente in itinere, ya que la reacción del sujeto afectado lo es, normalmente, con respecto a factores externos del trabajo, que nada tienen que ver con los daños físicos que cubre la ART. Respecto a los intereses, se confirmó el criterio establecido por la Sala en un precedente anterior. También se modificaron los porcentajes de costas y honorarios.
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