JIMENEZ, NORA BEATRIZ c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora promovió demanda por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia reduciendo el porcentaje de incapacidad psicológica fijado en primera instancia.
Secuelas invalidantes por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, pero modificó el porcentaje de incapacidad psicológica, fijándolo en 5% en lugar del 10% determinado originalmente. Así, estableció una incapacidad psicofísica total del 18,9%.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La perita médica no efectuó un examen personal exhaustivo sobre la cuestión psicológica, limitándose a remitirse a un informe psicodiagnóstico complementario, sin explicar cómo arribó a la conclusión de 10% de incapacidad. La Cámara consideró que corresponde una incapacidad psicológica del 5%, en función de las secuelas físicas y las dificultades laborales futuras de la actora.
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