SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL c/ CRETALICE S.R.L. Y OTRO s/COBRO DE APOR. O CONTRIB.
El Sindicato de Empleados de Comercio demandó a una empresa por cobro de aportes sindicales. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y extendió la condena al socio gerente de la empresa.
¿Quién es el actor?
Sindicato de Empleados de Comercio de Capital Federal
- Demandados: Cretalice S.R.L. y Diego José Battista
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de aportes o contribuciones sindicales no ingresados por la empleadora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y extendió la condena solidaria al codemandado Diego José Battista, en su carácter de socio gerente de la sociedad, por la falta de ingreso de los aportes sindicales. Confirmó la sentencia en lo demás. "Así lo entiendo, pues no ha sido controvertido en la presente contienda el carácter de socio gerente de Cretalice S.R.L. ostentado por el coaccionado Diego José Battista durante el lapso de duración que aquí interesan (v. demanda a fs.13/14, publicación del BO de fs.23 y la resolución de fs.62 en la que se tiene al codemandado Battista por incurso en la situación prevista en el art. 71 de la LO). Apuntado lo anterior, memoro que conforme las disposiciones contenidas en la ley comercial tanto los administradores como los representantes del ente societario deben obrar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios. El incumplimiento de ese deber por parte de los primeros, los hace responder ilimitada y solidariamente ante la sociedad, los accionistas y los terceros por el mal desempeño de su cargo así como por la violación de la ley, el estatuto o el reglamento y por cualquier otro daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave (artículos 59 y 274 de la ley 19.550)."
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