RUGGERI, ADRIANA PATRICIA c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La accionada cuestionó que no se había acreditado el pago efectuado, pero la Cámara declaró mal concedido el recurso por no superar el monto mínimo de apelabilidad.
Accidente
- Ley Especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, por no superar el monto mínimo de apelabilidad. Confirmó la sentencia de primera instancia en lo demás.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El monto cuyo descuento se pretendía no alcanzaba el umbral mínimo de apelabilidad vigente al momento de conceder el recurso, que era de $270.000. No se verificaban las excepciones previstas en el art. 108 de la Ley Orgánica, por lo que correspondía declarar mal concedido el recurso. Respecto al recurso del perito médico por sus honorarios, la Cámara consideró que los emolumentos fijados en primera instancia no lucían exiguos, por lo que sugirió confirmarlos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: