LOPEZ, JUAN ANTONIO c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por trastorno psíquico derivado de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Trabajo confirmó la sentencia en lo sustancial pero modificó el cómputo de intereses.
¿Quién es el actor?
López Juan Antonio
¿A quién se demanda?
Omint ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de incapacidad psíquica y rectificación de la fecha de cómputo de intereses.
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia en lo sustancial, salvo en lo relativo al cómputo de intereses que se modifica para que se liquiden desde la fecha del evento dañoso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal señaló que el trastorno post-traumático constituye una respuesta tardía o diferida del ser humano a un acontecimiento estresante y abrumador, pero en el caso el trauma fue leve (caída de una motocicleta al esquivar un perro) y la incapacidad física también (4% más factores de ponderación), por lo que no existe base fáctica para concluir que el actor sufra una perturbación patológica de su personalidad. Por otro lado, los intereses deben correr desde la primera manifestación invalidante, es decir desde el siniestro, dado que ocurrió con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley 27348.
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