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TORRES, ROSA ELIZABETH c/ MVA TRADING S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora reclamó la condena solidaria del Banco Itaú Argentina S.A. por los trabajos realizados en el call center. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y extendió la condena solidaria al Banco Itaú Argentina S.A.

Solidaridad Despido Call center Art 30 lct Comercializacion de productos bancarios


¿Quién es el actor?

Rosa Elizabeth Torres

¿A quién se demanda?

MVA Trading S.A. y Banco Itaú Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación y extendió la condena solidaria al Banco Itaú Argentina S.A. por considerar que las tareas de "call center" realizadas por la actora se encuentran integradas a la actividad normal y específica del Banco. Los principales fundamentos fueron:
- El peritaje contable acreditó la estrecha vinculación entre MVA Trading S.A. y el Banco Itaú Argentina S.A. a través de un contrato de provisión de servicios de comercialización de productos financieros.
- Las tareas de "call center" de la actora se consideraron inherentes y necesarias a la actividad de comercialización de productos bancarios y financieros del Banco Itaú, por lo que corresponde la aplicación del art. 30 LCT.
- La Cámara ha interpretado en forma amplia el art. 30 LCT, considerando que la solidaridad debe extenderse a actividades integradas de forma permanente al establecimiento, sean o no la prestación principal.

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