PEREYRA, ALEJANDRO GABRIEL c/ MZFON SRL Y OTRO s/LEY 22.250
El actor promovió demanda por cobro de créditos laborales contra un subcontratista y la empresa principal. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que condenó a ambas empresas en forma solidaria.
Cobro de salarios adeudados, indemnizaciones y otros créditos laborales
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente a las codemandadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- MZFON S.R.L. quedó en rebeldía, por lo que se tuvieron por acreditados los incumplimientos denunciados.
- ELECNOR DE ARGENTINA S.A. era responsable solidaria por su condición de empresa principal, según el art. 30 LCT, al no haber acreditado el debido control sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales de su subcontratista.
- La actividad de instalación y reparación de cableado realizada por MZFON S.R.L. era necesaria y formaba parte de la actividad normal y específica de ELECNOR DE ARGENTINA S.A.
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