MENENDES, JONATHAN LUJAN c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y redujo el monto de condena por incapacidad física del trabajador accidentado.
Ley de Riesgos del Trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia en cuanto admitía la incapacidad psicológica del trabajador, por considerar que no había sido denunciada previamente. Fijó el monto de condena en $573.000,72 por la incapacidad física del 36,5% establecida. Impuso las costas a la demandada, salvo las generadas por la prueba psicológica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que admitir la incapacidad psicológica iría contra el principio de congruencia y el derecho de defensa, ya que no había sido denunciada previamente por el trabajador.
- Señaló que la jurisdicción de las Cámaras está limitada por los términos de la relación procesal y el alcance de los recursos concedidos.
- Determinó el monto indemnizatorio de acuerdo a la incapacidad física del 36,5% y al piso mínimo establecido en la normativa.
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