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SOSA MANUEL DE REYES c/ MAPFRE ARGENTINA ART SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció que los intereses se devengan desde la fecha del accidente.

Intereses Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Ley 24 557 Dano Ingreso base mensual ibm

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, manteniendo el cálculo del ingreso base mensual (IBM) pero modificando la fecha de inicio de los intereses, que deberán computarse desde la fecha del accidente y no desde la notificación de la pericia. Los fundamentos principales son:
- En relación al cálculo del IBM, la Cámara analizó la evolución normativa y concluyó que corresponde considerar el salario bruto, en línea con el criterio sostenido por la jueza preopinante.
- Respecto a la fecha de inicio de los intereses, la Cámara consideró que deben computarse desde la fecha del accidente, por ser el momento de la consolidación del daño y el nacimiento del derecho a la reparación, en consonancia con el Código Civil y Comercial y la jurisprudencia.
- La Cámara consideró inconstitucional la resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que establecía un plazo posterior para el inicio de los intereses.

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