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COTONE, SILVIA MABEL c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Trabajadora pública demanda a la AFIP por diferencias salariales y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia que ordenó el pago de intereses moratorios.

Intereses moratorios Intereses compensatorios Diferencias salariales Trabajador publico Laudo 15 91 Extincion de la relacion de empleo

Diferencias de salarios, incluido el pago tardío de la liquidación final y de la prestación del art. 24 del Laudo 15/91.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que condenó a la AFIP a pagar intereses moratorios por el pago tardío de los créditos adeudados a la actora. Aclara que los intereses por el pago tardío del beneficio del art. 24 del Laudo 15/91 deben computarse a partir del 28 de marzo de 2018 y que la diferencia adeudada en concepto de capital e intereses debe devengar nuevos intereses moratorios hasta su pago total.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal señala que la relación entre la actora y la AFIP era de empleo público, por lo que se aplican las normas administrativas y no las laborales. Indica que el pago de los créditos adeudados por la extinción de la relación administrativa (aguinaldo, vacaciones, salario) debe efectuarse dentro de los 5 días hábiles, como lo establece la LCT por aplicación del art. 14 bis de la Constitución. Además, considera equitativo aplicar intereses compensatorios a la AFIP por el usufructo de un capital ajeno durante un tiempo importante.

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