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CARREA, ESTEBAN c/ ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la sentencia de primera instancia y aumenta los montos indemnizatorios por indemnización del art. 80 LCT y confirmó los honorarios regulados.

Indemnizacion Multa Lct Despido Ley 24 013 Primacia de la realidad Pasantia

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó a la demandada a abonar la indemnización del art. 80 LCT por $86.851,98, además de confirmar los otros rubros indemnizatorios fijados en origen. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró acreditada la desnaturalización de los contratos de pasantía celebrados entre las partes, concluyendo que se trató de una relación de dependencia encubierta desde el 02/08/2004.
- Respecto a la multa del art. 9 Ley 24.013, la Cámara confirmó su rechazo por falta de acreditación de la notificación a la AFIP.
- En cambio, la Cámara modificó la sentencia para hacer lugar a la multa del art. 80 LCT, por $86.851,98, al considerar acreditada la intimación cursada por el trabajador.
- La Cámara mantuvo los honorarios regulados en primera instancia.

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