SEQUEIRA, RAUL ALFREDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso la aplicación de intereses a la tasa prevista en la Ley 27.348, y elevó los honorarios del perito médico.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
- Se modifica la sentencia de primera instancia para aplicar la tasa de interés prevista en el art. 11 de la Ley 27.348, que sustituye el art. 12 de la Ley 24.557. Esto hasta la fecha de liquidación de la indemnización.
- Se elevan los honorarios del perito médico a $30.000, equivalente a 3,33 UMAS.
- Las costas de alzada son a cargo de la demandada y los honorarios de las partes se regulan en el 30% de los de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 11 de la Ley 27.348 establece que desde la primera manifestación invalidante y hasta la liquidación de la indemnización, el ingreso base devengará intereses a la tasa equivalente al promedio de la tasa activa del Banco Nación.
- Los honorarios del perito médico lucen reducidos teniendo en cuenta la naturaleza, calidad y extensión de las tareas realizadas, el monto involucrado y las pautas de la Ley 27.423.
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