SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL c/ DIMAWOL S.A. Y OTRO s/COBRO DE APOR. O CONTRIB.
El Sindicato de Empleados de Comercio demandó a la empresa DIMAWOL S.A. y su ex presidenta por incumplimiento en el pago de aportes sindicales. La Cámara modificó la sentencia y extendió la condena a la ex directiva por su responsabilidad personal en el incumplimiento.
¿Quién es el actor?
Sindicato de Empleados de Comercio de Capital Federal
- Demandados: DIMAWOL S.A. y Norma Catalina MOREL OJEDA (ex presidenta de DIMAWOL S.A.)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de aportes sindicales retenidos a los trabajadores durante el período 10/2017-09/2019 y no depositados al sindicato.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó solidariamente a la ex presidenta MOREL OJEDA por considerar que su conducta u omisión fue la causa directa del incumplimiento de las obligaciones de la sociedad, por lo que resulta responsable frente a la propia sociedad y los terceros por los daños derivados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal estableció que si bien la personalidad diferenciada entre la sociedad y sus administradores implica la limitación de la responsabilidad personal, esta tiene carácter excepcional y exige acreditar presupuestos específicos. En el caso, si bien no se configuró un fraude, la retención indebida de los aportes sindicales durante dos años por parte de la sociedad bajo la presidencia de MOREL OJEDA torna procedente la extensión de responsabilidad a ésta última, en virtud de los arts. 59 y 274 de la Ley de Sociedades Comerciales.
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