FERREYRO, FERNANDO GABRIEL c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el monto de la condena otorgada al trabajador por un accidente laboral, aplicando el baremo obligatorio.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad por lesiones psíquicas y físicas, en aplicación del baremo establecido por el Decreto 659/96. Fijó el monto de condena en $393.008,51.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que si bien el actor sufrió un asalto laboral con lesiones cortantes en mano y espalda, las lesiones psíquicas deben evaluarse en un 10% y no en un 20%, al no haberse detectado crisis de pánico, fobias u obsesiones. Asimismo, la herida en el tórax no produjo lesiones pulmonares, y la incapacidad del dedo índice y nervio mediano debe evaluarse en 10% y 6% respectivamente, siendo improcedente el 23% asignado en primera instancia. Por lo tanto, la minusvalía funcional total se estimó en 26%, más 2% por edad, totalizando 26,52%.
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