JIMENEZ, NICOLAS JAVIER c/ AEGIS ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Aegis Argentina S.A. y Telefónica de Argentina S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios adeudados al actor. Confirmó que Telefónica de Argentina S.A. era la empleadora directa del actor, aplicando el art. 29 de la LCT. Asimismo, confirmó la procedencia de las indemnizaciones por despido, multa ley 25.323, y multas de las leyes 24.013, pero revocó la multa del art. 80 LCT.
Fundamentos principales:
- La Cámara consideró probado que el actor prestaba servicios exclusivamente para Telefónica de Argentina S.A., por lo que aplicó el art. 29 LCT, concluyendo que Telefónica era la empleadora directa.
- Respecto del convenio colectivo aplicable, entendió que correspondía el CCT 547/03 "E" de Telefónica, y no el CCT 567/03 "E" invocado por el actor.
- Modificó los montos indemnizatorios fijados en primera instancia, estableciendo nuevos cálculos en base a la remuneración debida según el CCT 547/03 "E".
- Rechazó la multa del art. 80 LCT por considerar que no corresponde cuando el empleador entrega el certificado de trabajo dentro de los plazos previstos en el dec. 146/01.
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