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CARDOZO, EDGAR DIOSNEL c/ ACP SEGURIDAD S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aplicó la solidaridad del art. 29 LCT contra Walmart Argentina SRL.

Solidaridad Despido Horas extras Art 29 lct Multa art 8 ley 24 013

cobro de créditos laborales por despido

¿Qué se resolvió?


- Se revoca la calificación jurídica del juez de grado y se encuadra el caso en el art. 29 LCT, considerando a Walmart Argentina SRL como empleadora directa y solidariamente responsable junto a ACP Seguridad S.A.
- Se mantiene la condena por indemnizaciones de despido.
- Se hace lugar a la multa del art. 2 Ley 25.323 y al reclamo de entrega de certificados.
- Se revoca el rechazo de las multas de los arts. 8 y 15 Ley 24.013.
- Se rechaza el reclamo por diferencias de horas extras.
- Se confirma el rechazo del planteo de inconstitucionalidad sobre intereses. Fundamentos principales:
- Walmart Argentina SRL (hoy Dorinka SA) fue la verdadera empleadora del actor, utilizando sus servicios, aunque fue contratado por la codemandada ACP Seguridad S.A. (art. 29 LCT).
- Corresponde la multa del art. 8 Ley 24.013 por falta de registración por parte de la verdadera empleadora.
- No se acreditó suficientemente el reclamo por horas extras.
- Se mantiene el criterio de la Cámara sobre la aplicación de intereses.

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