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SEVERINO, HECTOR EDUARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidentes in itinere y enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que aplicó el método de la capacidad restante para determinar el porcentaje de incapacidad.

Incapacidad Accidente in itinere Enfermedad profesional Honorarios de letrado Metodo de la capacidad restante

Accidentes in itinere del 26/12/15 y 20/6/16, y enfermedad profesional de la que se tomó conocimiento en diciembre de 2016.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que aplicó el método de la capacidad restante y determinó una incapacidad del 10,30% por el accidente del 26/12/15, 4% por el accidente del 20/6/16 y 3% por la enfermedad profesional. Respecto a los honorarios del letrado del actor, la Cámara los confirmó.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El método de la capacidad restante es aplicable cuando los porcentajes de incapacidad derivan de afecciones en distintas regiones u órganos y tienen origen en hechos traumáticos diferentes.
- No existe contradicción entre los considerandos de la sentencia en relación a la hidro-artrosis crónica de la muñeca, dado que la jueza sólo transcribió los dichos del perito médico y luego determinó las incapacidades a los fines indemnizatorios.
- Los honorarios del letrado del actor no luce reducidos, por lo que corresponde confirmarlos.

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