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PIRON, CRISTINA LIDIA c/ SEMM ACOMPAÑANTES DE SALUD S.A. s/DESPIDO

La actora promovió demanda por diferencias salariales y multas, debido a la incorrecta registración de la fecha de ingreso y jornada de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Social modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de condena.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Diferencias salariales y multas por incorrecta registración de fecha de ingreso y jornada de trabajo El juez de primera instancia acogió el reclamo de la actora, considerando acreditada la incorrecta registración de la fecha de ingreso y jornada de trabajo a tiempo completo. La Cámara consideró válidos los testimonios que acreditaban que la actora trabajaba con anterioridad a la fecha consignada por la demandada y que su jornada superaba las 5 horas diarias. Sin embargo, modificó el monto de la condena, reduciendo las diferencias salariales de $143.561,86 a $109.498,92. Confirmó la multa del art. 80 LCT y elevó los honorarios del perito contador.

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