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FRATE, LARA MARIA c/ CASA DE MONEDA SOC. DEL ESTADO s/DESPIDO

La trabajadora reclamó indemnizaciones por despido discriminatorio y diferencias en la liquidación. La Cámara modificó la sentencia y condenó a la empleadora a abonar mayores montos indemnizatorios.

Teoria de los actos propios Indemnizaciones Antiguedad Despido discriminatorio Multa art 80 lct

Indemnizaciones por despido discriminatorio y diferencias en la liquidación

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando a la empleadora abonar mayores montos indemnizatorios. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La demandada reconoció la antigüedad de la trabajadora en los recibos de sueldo, por lo que debe reconocerse ese tiempo a los fines indemnizatorios, en aplicación de la "Teoría de los Actos Propios".
- Respecto a la multa del art. 80 LCT, si bien la demandada acompañó los certificados, debió entregarlos a la trabajadora al momento del despido o consignarlos judicialmente, por lo que corresponde hacer lugar a la multa.

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