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ALVAREZ, MELINA SOLEDAD c/ ROCHMAN, NICOLAS Y OTRO s/DESPIDO

La actora reclamó despido y la Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia reduciendo el monto de condena.

Despido Codemandado Falta de registracion Art 80 lct Art 1 ley 25 323 Art 57 lct Art 2 ley 25 323 Art 178 lct Intimacion posterior al despido

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena a $346.242,67. Confirmó la decisión en todo lo demás, salvo la indemnización del art. 2 de la ley 25.323 que fue revocada. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- Respecto al art. 57 LCT, la valoración de la jueza de grado sobre la presunción de extinción por falta de respuesta a las comunicaciones cursadas es correcta.
- Respecto al art. 178 LCT (protección por embarazo), corresponde la indemnización agravada al haberse producido el despido durante el plazo de tutela.
- Respecto al art. 1 de la ley 25.323 (recargo por falta de registración), corresponde al no haberse acreditado la interrupción del vínculo.
- Respecto al art. 2 de la ley 25.323 (recargo por falta de pago), no corresponde al no haberse acreditado la intimación posterior al despido.
- No se acreditó el carácter de empleador del codemandado Rochman.
- El reclamo por el art. 80 LCT (falta de pago de salarios) es extemporáneo.

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