AMARILLA, SERGIO DANIEL Y OTRO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador logró que la Cámara de Apelaciones modifique la sentencia de primera instancia y aumente los montos indemnizatorios por incapacidad física y psicológica provenientes de dos accidentes laborales.
Indemnización por accidentes laborales ocurridos el 11/6/2013 y 30/12/2015
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que los intereses por la incapacidad derivada del primer accidente corren desde el 26/6/2014, con descuento del monto ya abonado. Respecto del segundo accidente, los intereses corren desde el 10/12/2016. Se confirmó el resto de la condena.
Los principales fundamentos fueron:
- Se acreditó la incapacidad psicológica del trabajador derivada del segundo accidente, cuya relación causal con el evento fue debidamente probada.
- Los intereses deben computarse desde la consolidación de la incapacidad, es decir, desde el alta médica, descontando el plazo de gracia de 30 días.
- Los honorarios de la representación letrada y del perito médico se consideraron adecuados.
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