BRANDAN, JOSE FERNANDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por enfermedades profesionales, y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar parcialmente a sus pretensiones.
Indemnización por enfermedades profesionales como maquinista de ferrocarril (lumbalgia, cervicalgia, hipoacusia, epicondilitis, afecciones psicológicas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció al actor una incapacidad parcial y permanente del 6% por la dolencia dorsolumbar, 2,4% por hipoacusia y 10% por afecciones psicológicas, ordenando el pago de las indemnizaciones correspondientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el dictamen pericial médico realizado constituye un estudio serio y razonado del estado del actor, ajustado a los exámenes y estudios complementarios, y se funda en sólidos argumentos científicos, por lo que es válido apartarse de él solo con fundamentos idóneos en esa materia, lo que no ocurre en el caso. Tampoco hay mérito para modificar la decisión sobre los intereses, que deben calcularse desde la fecha de toma de conocimiento de las enfermedades profesionales.
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