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VICENTE, NATALIA c/ CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCION SOCIAL s/DESPIDO

La trabajadora promovió demanda por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión que consideró ajustada a derecho la resolución del contrato por la trabajadora.

Indemnizaciones laborales Despido indirecto Deuda salarial Incremento art 2 ley 25 323 Acuerdo incumplido


¿Quién es el actor?

Natalia Vicente

¿A quién se demanda?

Centro Gallego de Buenos Aires Mutualidad Cultura Acción Social

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido incausado

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que consideró ajustada a derecho la resolución del contrato por la trabajadora, condenando a la empleadora al pago de las indemnizaciones de ley. El tribunal señaló que quedó acreditada la existencia de un acuerdo por deuda salarial incumplido por la empleadora, lo que justificó la decisión de la trabajadora de considerarse despedida. Rechazó los agravios de la demandada relativos a la carga probatoria, el incumplimiento de requisitos, el pago de deuda salarial y el incremento del art. 2 de la ley 25.323. También confirmó la condena al pago de la indemnización del art. 80 LCT.

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