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CATALAN, MONICA ELIZABETH c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora demandó por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la incapacidad laboral reconocida y los intereses fijados.

Intereses Incapacidad laboral Accidente de trabajo Ley 26 773 Ley de concursos y quiebras

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la incapacidad laboral del 19,25% reconocida en primera instancia. Respecto a los intereses, confirmó que deben computarse desde la fecha del siniestro conforme a la Ley 26.773. Rechazó el planteo de la demandada para limitar los intereses en base al art. 129 de la Ley de Concursos y Quiebras. Los principales fundamentos fueron:
- El dictamen pericial médico presentado tiene plena eficacia convictiva al estar respaldado en principios científicos y no haber sido refutado con argumentos idóneos.
- Conforme a la Ley 26.773, los intereses deben computarse desde la fecha del siniestro, más allá del momento en que se determine su procedencia.
- La Ley 26.684 exceptuó de la suspensión del curso de intereses, producida por la declaración de quiebra, a los intereses compensatorios de créditos laborales.

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